MARCO JURÍDICO Y ADMINISTRATIVO DEL TRANSPORTE INTERNACIONAL (CONVENIOS)

Convenio de Bruselas (1924) - Reglas de La Haya-Visby (1968)

El Convenio de Bruselas de 1924 y las Reglas de La Haya-Visby de 1968 se centraron en unificar las reglas relacionadas con el conocimiento de embarque, buscando establecer un marco legal claro y coherente para el transporte marítimo de mercancías. El Convenio de Bruselas fue un paso fundamental hacia la unificación de las normas del transporte marítimo. Sus disposiciones clave incluyen una serie de definiciones esenciales como el término "porteador" el cual se refiere al propietario del buque o al fletador que tiene un contrato de transporte con el cargador. 

A la vez se define "contrato de transporte" como aquel que está formalizado mediante un conocimiento o documento similar  y establece las obligaciones del porteador antes del inicio del viaje, incluyendo la responsabilidad de asegurar que las mercancías sean cargadas correctamente (art. 1 y 3, Convenio de Bruselas).


Las Reglas de La Haya-Visby modificaron y ampliaron el marco establecido por el Convenio de Bruselas.  Se especifica que el transportador es responsable a menos que pueda demostrar que el daño o pérdida se debió a causas específicas, como fuerza mayor o negligencia del cargador (art.4, Reglas de La Haya-Visby).
 

Convenio de Hamburgo (1978)
     Las reglas de Hamburgo regulan varios aspectos relacionados con el transporte marítimo. Hablan de los documentos que hay que incluir en toda expedición internacional, de las obligaciones del porteador y del cargador y, finalmente, establecen vías para reclamar daños y perjuicios (Grupo Moldtrans, 2017).


Entre las diferencias del convenio de Hamburgo con respecto al de Bruselas, se tiene que en cuanto al alcance este se aplica a todos los contratos de transporte marítimo, incluyendo transporte terrestre previo y posterior. Del mismo hay una mayor responsabilidad ya que el transportador es responsable a menos que demuestre que tomó todas las medidas necesarias para evitar el daño. 
Otras serian que este permite varios tipos de documentos, incluyendo documentos electrónicos, para formalizar el contrato. Y plazo para reclamos seria de dos años desde la entrega o la fecha prevista de entrega. 



      Convenio de Varsovia (1929) y el Convenio de La Haya (1955)

¿Cómo define la responsabilidad de los transportistas aéreos en caso de pérdidas, daños o demoras?

La responsabilidad del transportista es contractual, basada en un acuerdo bilateral por el cual el transportista se obliga a transportar las mercancías de manera sana y salva a su lugar de destino. Así surge los artículos, que disponen:

Artículo 18. 1. El transportador será responsable del daño ocasionado en caso de daño, pérdida o avería de equipajes facturados o de mercancías, cuando el hecho que ha causado el daño se produzca durante el transporte aéreo.

En principio el transportista es responsable del daño sufrido en consecuencia de destrucción, pérdida o avería de las mercaderías, siempre que el evento causante ha ocurrido durante el transporte aéreo (Rafael Beses Miguel, ESNI Business School).

·    Aclarando que en el  Articulo 18. 3. El período del transporte aéreo no comprenderá ningún transporte terrestre, marítimo o fluvial efectuado fuera de un aeródromo. No obstante, cuando alguno de esos transportes haya sido efectuado en ejecución de un contrato de transporte aéreo atendiendo a la carga, la entrega o al trasbordo, que los daños que se produzcan han sido causados durante el transporte aéreo.

Eso significa decir que la responsabilidad del porteador incluye las actividades de estiba y descarga de la mercancía de la aeronave (Rafael Beses Miguel, ESNI Business School).

¿Cómo complementa el convenio de la Haya al convenio de Varsovia?

  • Aumenta la responsabilidad del transportista, permitiendo que se reclamen daños más allá de los límites establecidos en el Convenio de Varsovia, lo que proporciona mayor protección a los cargadores (art.18, Convenio de Varsovia).
  • Introduce disposiciones que permiten que los transportistas no contractuales también sean responsables, lo que amplía el alcance de la regulación (art. 20, Convenio de Varsovia).
  • Permite que el transportista no se ampare en ciertas disposiciones si no se ha expedido una carta de porte aéreo o si esta no contiene los avisos necesarios, lo que mejora la claridad sobre las obligaciones documentales (art.9, Convenio de Varsovia).

Video explicativo sobre el convenio de Varsovia

Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=17X0e5Ejios&t=275s

Convenio de Ginebra (1956)

Este convenio se aplica a todos los contratos de transporte de mercancías por carretera cuyos puntos de carga y descarga estén situados en dos países diferentes siempre que, como mínimo, uno de ellos sea firmante del convenio. 

Este convenio se aplica incluso cuando parte del recorrido sea por barco, ferrocarril o avión. Están excluidos: los transportes postales, los transportes funerarios y los transportes de mudanzas. En un contrato de transporte internacional por carretera deben aparecer las siglas “CMR” para que se pueda acoger a este convenio (Convenio CMR, 2024).

¿Que es el contrato CMR? Video Explicativo

Fuente:https://www.youtube.com/watch?v=Wu7vazIh6Wg&t=29s


Convenio TIR (1975)

¿En qué consiste este régimen aduanero simplificado y cómo facilita el tránsito de mercancías?

El TIR fue creado en la década de los setenta por la UNECE (United Nations Economic Commission for Europe) con el fin de agilizar el transporte de mercancías entre países diferentes. En él se establecen las normas necesarias que una carga debe cumplir para no ser revisada en las aduanas por las que debe pasar desde que sale de su país de origen hasta que llega al país de destino.

El sustento del llamado régimen TIR lo integran un documento aduanero común, el carnet TIR, un sistema de garantías comunes, el reconocimiento mutuo de los controles aduaneros y los contenedores seguros para los vehículos (Academia del Transportista, 2020).

Este convenio facilita el transito ya que los trámites que hay que realizar en las aduanas son mucho más sencillos y rápidos puesto que no hay que revisar toda la mercancía cada vez que se pasa por una frontera.  Además de esa reducción en los trámites de las aduanas, el convenio TIR tiene muchas otras ventajas, como lo son:

  • Coherencia en los trámites de paso de fronteras.
  • Pago de los derechos y las tasas aduaneras asegurados.
  • Operaciones internacionales más rápidas.
  • Reducción de los costes.
  • Posibilidad de realizar pre-declaraciones telemáticamente de manera gratuita.

Convenio CIM (1970)

El CIM se aplica a los contratos de transporte de mercancías por ferrocarril entre países que son parte del convenio, siempre que el transporte se realice en un tren internacional y se formalice mediante un documento de transporte específico (Articulo 1, Convenio Internacional sobre el Transporte de Mercancías por Ferrocarril, 1970).

Se utiliza una carta de porte CIM, que actúa como el documento contractual entre el cargador y el transportista. Este documento debe contener información esencial sobre las mercancías, las partes involucradas y las condiciones del transporte.

De manera resumida sus procedimientos incluyen:

  1. Intercambio de información, el CIM promueve el intercambio eficiente de información entre las partes involucradas en el transporte, facilitando la coordinación entre los operadores ferroviarios y los agentes aduaneros.
  2. Coordinación con aduanas, se establecen procedimientos para la gestión aduanera, permitiendo que las mercancías sean sometidas a control aduanero solo en el punto de origen y destino, lo que reduce los trámites burocráticos en las fronteras intermedias.

Convenio COFIT (1990)

El objetivo es promover, mejorar y facilitar el tráfico ferroviario internacional, en particular: estableciendo y desarrollando sistemas de legislación uniforme relativos a el transporte internacional de pasajeros y mercancías en el tráfico ferroviario internacional; contribuyendo a la eliminación de determinados obstáculos al cruce de fronteras en el tráfico ferroviario internacional; contribuyendo a la interoperabilidad y la armonización técnica en el sector ferroviario y estableciendo un procedimiento uniforme para la admisión técnica de material ferroviario diseñado para su uso en el tráfico internacional; controlando la aplicación de todas las normas y recomendaciones (Organización Intergubernamental para los Transportes Internacionales por Ferrocarril, 2024).

Transporte Multimodal Internacional (1980)

¿Cuál es su  importancia para la regulación del transporte multimodal de mercancías?

Es fundamental para la regulación del transporte de mercancías que involucra más de un modo de transporte, ya que permite la combinación eficiente de diferentes modalidades (marítimo, aéreo, terrestre, ferroviario) bajo un único contrato, lo que simplifica la documentación y mejora la coordinación logística. 

Este sistema establece claramente las responsabilidades del transportista multimodal, garantizando su responsabilidad total por la mercancía desde el origen hasta el destino final, lo que proporciona seguridad a los cargadores. Además, facilita el acceso a mercados internacionales al optimizar rutas y reducir costos operativos.


Reglas UNCTAC/CCI (1992)

Las reglas están diseñadas para ser aplicadas en el comercio internacional y se integran en los contratos de transporte, ya sea por escrito, verbalmente o de cualquier otra forma. Estas establecen claramente las responsabilidades del transportista, incluyendo el manejo adecuado de la carga y la obligación de entregar las mercancías en condiciones acordadas.

Actualmente influyen de manera directa ya que han promovido una mayor estandarización en los documentos utilizados en el transporte multimodal, lo que facilita su aceptación internacional y reduce la incertidumbre legal. Del mismo modo las reglas ayudan a reducir las barreras al comercio, mejorando la eficiencia operativa y permitiendo una mejor coordinación entre diferentes modos de transporte (Conferencia de las naciones unidas sobre el comercio y desarrollo, 1991).

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Fuentes de información

Alsum, R. (2021, junio 3). Reglas de Hamburgo. ALSUM. https://alsum.co/revista-reglas-de-hamburgo/
 
Del, C. en G., De noviembre, D., Del, Y., & De mayo, D. (s/f). Conferencia de las Naciones Unidas para la elaboración de un convenio sobre el transporte multimodal internacional. Unctad.org. Recuperado el 4 de noviembre de 2024, de https://unctad.org/es/system/files/official-document/tdmtconf17_es.pdf
 
ESNI Business School. (s/f). Responsabilidad del transportista aéreo. ESNI Business School. Recuperado el 4 de noviembre de 2024, de https://www.isli.institute/es/herramientas/contrato-transporte-internacional--mercancias-aereo/responsabilidad-del-transportista-aereo
 
Organización Intergubernamental para los Transportes Internacionales por Ferrocarril (OTIF). (s/f). Europa.eu. Recuperado el 4 de noviembre de 2024, de https://publications.europa.eu/resource/cellar/7717b239-f512-430c-ac62-d8624aaa291e.0003.03/DOC_1
 
¿Qué es el convenio TIR de transporte? (2020, marzo 25). Academia del Transportista. https://www.academiadeltransportista.com/blog/convenio-tir/
 
Wikipedia contributors. (s/f). Convenio CMR. Wikipedia, The Free Encyclopedia. https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenio_CMR&oldid=158189579

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1 Comentarios

  1. ¡Qué interesante lectura sobre los convenios en el transporte internacional! Una perspectiva adicional sería considerar cómo estos convenios no solo han unificado y clarificado las responsabilidades legales, sino también han fomentado la integración económica global.

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